lunes, 11 de enero de 2016

Impuesto a la Renta 2016 Personas naturales y Sucesiones indivisas


Tabla de Impuesto a la Renta Ecuador SRI 2016 

Tabla de Impuesto a la Renta SRI Ecuador 2016Estos son los nuevos valores para liquidar el Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio económico 2016 para las personas naturales y las sucesiones indivisas. Valores que fueron definidos mediante resolución NAC-DGERCGC15-03195 publicada el 28 de diciembre del 2015.
Esta tabla se modifica cada año según la variación anual del índice de precios al consumidor realizado por el INEC.

Para el 2016, la fracción básica gravada con tarifa 0% de Impuesto a la Renta es de $11,170.00.
El valor total de gastos personales a deducir no puede exceder el 50% del total de los ingresos gravados ni el 1.3 veces la FBGT0% IR siendo este el limite máximo para deducir. Siendo así FBGT0% $11,170.00 * 1.3 = $14,521.00 esto significa que el total de gastos personales deducibles por concepto de alimentación, salud, vivienda, vestimenta y educación no pueden superar los $14,521.00.

Los trabajadores bajo relación de dependencia tienen la obligación de presentar a su empleador hasta el 31 de enero de cada año el formulario de gastos personales en función de esta tabla.

6 comentarios:

  1. Muy bien es un interesante blog, gracias por la información suministrada

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  2. Muchas gracias por la informacion suministrada es de destacar el hecho de que los trabajadores en relacion de dependencia que superen la fraccion basica desgravada con tarifa 0%. muy buen articulo

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  3. Gracias por la información. Como todos los años la tarifa para el pago de impuesto a la Renta sube. Se debe tener presente que con lo que el estado recauda el pueblo se beneficia de carreteras, escuelas, hospitales, etc. ya que esto sirve para el gasto social. Pero es penoso ver que hay gente que aún no se acoge a ningún régimen por no pagar el impuesto a la renta o el IVA, ya que solo piensan en sus beneficios y no en el bien del país.

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  4. Buenas noches, la información es muy buena y nos mantiene informados de lo que sucede económicamente en nuestro país, al parecer la tarifa es relativamente más alta que el año pasado y no se porque y si bien es cierto la tarifa del Impuesto a la Renta se actualizada cada año de acuerdo al IPC no entiendo tampoco porque ya que nunca se compensa el sueldo con la canasta básica familiar creando un desequilibro. Pienso que la tarifa del impuesto a la Renta cada año debería ser de acuerdo a la subida del sueldo solamente. Bueno pero esa es mi humilde opinión. Felicidades por tu blog.... Bendiciones.

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  5. Chevere tu Blog contiene información muy buena e interesante...
    Felicidades....

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  6. Muy buena tu información no sabía que el Impuesto a la Renta en relación de dependencia se calculaba con una tabla yo creía que para las empresas y las personas naturales era la tarifa del 22%. Gracias por mantenernos informados de la parte tributaria de Ecuador ya que muchos no sabemos y pasamos por alto algunas cosas como era mi caso.

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